
Publicación de la D.N.S.FF.AA.
3
La gran estructura contaba con la Dirección General
de la Defensa Pasiva a la cabeza, direcciones
departamentales, direcciones en los centros po-
blados no capitales, Comisión Nacional Técnico
consultiva y jefes de servicio de D.P. La Dirección
General se integraba con trece divisiones pudien-
do el poder ejecutivo agregar la que necesitase:
I, Propaganda y Preparación Moral; II, Prevención;
III, Enseñanza; IV, Movilización y agentes especia-
les; V, Servicios Públicos; VI, Policía y Vigilancia;
VII, Evacuación y Transporte; VIII, Neutralización;
IX, Sanidad; X, Organización "Z"; XI, Urbanismo
y acción Municipal; XII, Técnica y Construcción y
XIII, Socorros (6).
Cada una de ellas contaba con un número impor-
tante de reparticiones. A su vez, debía preparar
los siguientes planes: Plan de defensa Pasiva, de
dispersión de las poblaciones, de Evacuación, de
Socorro y Plan de Equipamiento; con sus directi-
vas para los planes departamentales (7).
Los medios de prensa cubrieron los eventos
organizados y realizados en el Uruguay por la
Dirección General de la Defensa Pasiva, comu-
nicando e informando las actividades y ensayos
realizados, incluyendo muchas fotografías en
sus páginas principales. Muchos de ellos, como
era común en la época compartían artículos de
agencias internacionales con respecto a la De-
fensa Civil o Pasiva como se la denominaba en
Uruguay. Al comenzar la comisión a trabajar, El
País rescataba la importancia de la D.P., denida
por Campos como "el conjunto de disposiciones
de seguridad para la protección individual o colec-
tiva, y la organización de las medidas impuestas
por el peligro y por la conducta a observar en los
socorros cuando esa agresión se produzca" (8).
Una vez presentada la ley entrevistó a Campos
y transcribió los tres primeros artículos que la
denieron en general. Comentó los organismos
creados a los efectos de preparar y hacer efec-
tivas dichas medidas, así como los órganos de
ejecución: gubernativos, militares, municipales y
Al nalizar la exposición, Campos aclaró el término
"organización Z" usado en el décimo capítulo de
la ley, aceptado universalmente en ese momento
y referenció palabras del doctor Francesc Bergós
Ribalta en cuanto a lo que el médico debía saber
de la defensa "Z" y del tratamiento y recuperación
de los gaseados, conocido en España y Francia
como servicio de defensa contra gases (SDCG).
De ahí el anagrama "Z" con que se ha designado
técnicamente todo cuanto se relaciona con el arma
química (Trabajo original titulado "Lo que debe sa-
ber y tener un ejército moderno para defenderse
del Arma Química").
En otros estudios: "Los problemas técnicos de la
guerra", "Cambio de táctica en la D.P. de Alemania",
"Las nuevas modalidades de la guerra", "La anoxe-
mia y su tratamiento" (…) usa, dicho especialista,
igual denominación, que esta comisión ha acepta-
do, por ser ya de uso corriente para indicar esta
nueva modalidad bélica (3).
En mayo de 1942, Campos informó y presentó
el proyecto de ley al Consejo de Estado con pe-
queños ajustes de interpretación para organizar
la D.P. contra los efectos de la guerra química en
todos los centros poblados de la República, con
disposiciones que iban de lo técnico a lo social
y lo legal. El proyecto fue aprobado por unanimi-
dad por el Poder Ejecutivo, que resaltó la ardua
labor de la Comisión e informó en tres carillas los
nombres de sus integrantes y sus especialidades,
resaltando la opinión del doctor Bergós Ribalta
respecto a que "la organización que hay actual-
mente en propósito y medio realizada, responde
taxativamente a la más perfecta ortodoxia de la
Defensa Pasiva". Luego realizó, una exposición
de cómo evolucionaron estas organizaciones en
Europa e Inglaterra al no existir más el concepto
universal de la guerra para el trato con las pobla-
ciones y distinción entre combatientes y no com-
batientes, siendo "inútil comentar esta absoluta
regresión", y recomendó al Consejo de Estado, su
amplia aprobación (4).
El decreto 1631 fue dictado el 18 de junio de 1941
con sus sesenta y cuatro artículos (5).